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Ya es oficial: Suprema Corte pone precio mínimo a la reparación por muerte con base en la UMA

Redaccion NEO·13/6/2026
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Ya es oficial: Suprema Corte pone precio mínimo a la reparación por muerte con base en la UMA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la reparación mínima del daño por muerte derivada de un delito puede calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), una decisión que marca un criterio importante para los casos de indemnización a víctimas indirectas en México.

El Pleno del máximo tribunal determinó que el artículo 47 del Código Penal para la Ciudad de México es constitucional al establecer que la indemnización mínima por la pérdida de la vida puede calcularse utilizando la UMA vigente al momento de los hechos.

Con esta resolución, la Corte también confirmó que el salario mínimo ya no debe utilizarse como referencia para calcular este tipo de compensaciones, debido a la reforma constitucional que prohíbe emplearlo como índice o unidad de medida para fines distintos a los laborales.

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¿Por qué la Suprema Corte avaló el uso de la UMA?

La decisión se basa en el artículo 123 de la Constitución, el cual establece que el salario mínimo no puede utilizarse para calcular multas, sanciones, pagos o indemnizaciones ajenas a su naturaleza.

Por ello, la Suprema Corte concluyó que la UMA es el parámetro correcto para fijar la reparación mínima del daño cuando una persona pierde la vida a consecuencia de un delito.

Sin embargo, el Alto Tribunal aclaró que esta indemnización representa únicamente un piso mínimo de compensación. Es decir, garantiza que las víctimas indirectas reciban una cantidad inicial de manera automática, pero no limita la posibilidad de reclamar montos adicionales por otros conceptos.

Entre ellos pueden incluirse daños patrimoniales, gastos médicos, pérdida de ingresos, afectaciones económicas futuras o daño moral, siempre que estos puedan acreditarse ante la autoridad correspondiente.

El caso que llegó hasta la Corte

La resolución surgió a partir de un accidente de tránsito ocurrido en la Ciudad de México. De acuerdo con el expediente, una patrulla impactó una motocicleta en la que viajaban dos personas.

Como resultado del choque, una persona falleció y otra sufrió lesiones. Posteriormente, el conductor de la unidad oficial fue condenado por homicidio culposo, lesiones culposas y daño a la propiedad.

Además de las sanciones penales, las autoridades determinaron el pago de la reparación del daño, misma que fue calculada utilizando la UMA como referencia.

El caso llegó hasta la Suprema Corte mediante el Amparo Directo en Revisión 2082/2025, donde los ministros analizaron si este mecanismo era compatible con el derecho a una reparación integral.

Finalmente, el Pleno resolvió que sí lo es, ya que garantiza una compensación mínima inmediata para las víctimas sin impedir que puedan obtener cantidades mayores cuando existan otros daños comprobables.

La decisión fue aprobada durante la sesión del 10 de junio de 2026 y establece un criterio relevante para futuros casos relacionados con indemnizaciones por muerte derivada de delitos en México.