Propiedad intelectual y IA generativa: el debate legal que redefine los derechos de autor
Expertos en derecho advierten que el entrenamiento de modelos de IA con obras protegidas sin autorización ni compensación expone a las empresas tecnológicas a litigios multimillonarios y presiona a los legisladores de todo el mundo a actualizar sus marcos normativos.

Artistas, editores, traductores e ilustradores han comenzado a tomar medidas concretas para proteger sus obras frente al avance de la inteligencia artificial generativa. Figuras como Taylor Swift han registrado legalmente su voz, una señal de que la industria creativa ya no espera a que la regulación llegue primero. Este movimiento refleja una tensión estructural entre el modelo de negocio de las grandes plataformas de IA —que requieren vastas bases de datos de contenido para entrenar sus algoritmos— y los derechos de quienes producen ese contenido.
Eleonora Rosati, profesora de propiedad intelectual en la Universidad de Estocolmo y asesora legal en el bufete Bird & Bird, es una de las voces más influyentes en Europa sobre este tema. En su participación en el Congreso de Derechos Digitales y Cultura, organizado por Entorno, Rosati subrayó que la naturaleza preventiva de los derechos de propiedad intelectual no ha cambiado con la llegada de la IA: cualquier uso de una obra protegida para entrenar un modelo requiere autorización del titular o el respaldo de una excepción legal explícita. La ausencia de ese marco claro ha derivado en múltiples demandas colectivas en Estados Unidos contra compañías como OpenAI, Anthropic y Microsoft. El precedente más visible es el acuerdo extrajudicial de 1,500 millones de dólares que Anthropic alcanzó con un grupo de autores, una cifra que ilustra la magnitud económica del riesgo legal al que se exponen estas empresas.
El debate regulatorio avanza a velocidades distintas según la jurisdicción. La Unión Europea ya estableció obligaciones de transparencia en su Ley de Inteligencia Artificial, que exigen a los desarrolladores documentar los datos utilizados en el entrenamiento de sus modelos. Francia va más lejos: estudia una legislación que introduciría una presunción de uso, lo que invertiría la carga de la prueba y obligaría al desarrollador de IA a demostrar que no utilizó contenido protegido, en lugar de exigir al creador que pruebe que sí fue usado. Algunos juristas consideran que esta figura debería adoptarse a escala europea. El Reino Unido, en cambio, aún carece de normativa equivalente y evalúa sus opciones. Para México y América Latina, el escenario es igualmente abierto: los marcos de propiedad intelectual vigentes no contemplan explícitamente el entrenamiento de IA, lo que genera incertidumbre tanto para los creadores como para las empresas que desarrollan o adoptan estas tecnologías. La pregunta para los equipos directivos no es si esta regulación llegará, sino con qué velocidad y qué tan costosa será la adaptación cuando lo haga.
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